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Showing posts from May, 2023

COMPLIANCE Y LEGISLACION TRIBUTARIA POCO CLARA

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PLANIFICACION FISCAL A fin de tratar la planificación fiscal se hace necesario analizar nuestro sistema tributario. Ya que Argentina tiene tres niveles de gobierno. En Latinoamérica solo hay tres países federales que son Argentina, México y Brasil. Esos niveles son el Nacional, Provincial y Municipal.

DEFRAUDACION FISCAL

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                Por Patricia Cozzo Villafañe   INTRODUCCION La antigua Ley Penal Tributaria 24769 fue derogada a fines de 2017 por el Régimen Penal Tributario que se rige por la ley 27430. En este artículo buscaré analizar alguna de las principales diferencias entre evasión simple y agravada.   PRINCIPALES MODIFICACIONES ARTICULO 1 Y 2 DE LA LEY 27430 En el marco de esta norma en su artículo 1 regula la evasión simple y la agravada en el artículo 2. Pero en ambos supuestos se autoriza el monto a partir del cual se penaliza la conducta o la condición objetiva de punibilidad. En el artículo 2 inciso d) señala como evasión agravada la utilización de facturas apócrifas. En estos también hay un monto como condición objetiva de punibilidad. En el artículo 3 es una evasión calificada el aprovechamiento indebido de beneficios fiscales mientras que la ley 24769 se reforma a subsistir. En el artículo 4 se refiere a la apropiación indebida de trib

BLANQUEOS, MORATORIAS, AMNISTIAS Y POLITICAS CRIMINALES

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1.-ENTRE LA NECESIDAD DE RECAUDAR Y LA DE SANCIONAR Las moratorias y blanqueos no deben otorgarse en forma constante sino que se debe hacerlo en forma espaciada y ante circunstancias excepcionales. En Argentina el sistema que existe en este aspecto es nocivo para las finanzas y también desde el impacto negativo que ocasiona para la política penal tributaria. Dentro de los impuestos con que se recauda existe el sistema de retención por lo que el contribuyente debe presentar en forma constante demanda de repetición ya que genera saldos a favor en forma constante, impuestos indirectos como lo es el impuesto sobre los ingresos brutos. Además no solo eso sino que tenemos un sistema de presunciones que surge de las normas jurídicas (11683 y 10397 y ss) y que a partir de allí surgen diferentes hechos imponibles como consecuencia de la aplicación de las mismas y de diversos cruces de información tributaria. Además de eso nuestra manda se halla devaluada y vivi