LA HUELLA DEL CARBONO Y LA HUELLA AMBIENTAL. GEN PREPONDERANTE DE CAMBIO CLIMÁTICO RADICAL. PELIGRO DE EXTINCIÓN
La Constitución Nacional establece un criterio en cuanto a la forma de reparación del daño ambiental. Es responsable de haber ocasionado un daño en el medio ambiente., cualquiera fuere, incluso el Estado, tiene la obligación primaria de recomponer lo que ha dañado, subsidiariamente a indemnizar.